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miércoles, 28 de noviembre de 2018

Enfermeras, vacunas, trileros y tribunales


I



A ver cómo me explico para no ser tedioso ni parecer tendencioso (esto último va a ser más difícil, me parece).
La historia política de la prescripción enfermera en España es larga, azarosa y un tanto neurótica; he escrito tanto sobre el tema que hasta he publicado un libro (gratuito) con todas las entradas de este blog que he dedicado al tema, al que titulé ‘LaPrescripción Enfermera frente al espejo: entre el norte y el sur” (lo del norte y el sur hace referencia a que los otros prescriptores normalizados, aparte de los galenos, se dedican en exclusiva al norte –odontólogos– y el sur –podólogos– del cuerpo humano). En el caso de las enfermeras, el desarrollo legal –la modificación de la ley del medicamento– creó un curioso apartheid, ya que aunque la ley les autorice a hacer lo mismo que a médicos, odontólogos y podólogos (prescribir y recetar), la misma ley dice que en vez de decir prescribir, se dice indicar; y que en vez de decir recetar, se dice autorizar la dispensación. Que es lo mismo, pero no se llama igual para todos. Un verdadero dislate.
Y además, hizo que el Gobierno de la nación tuviera que reglamentar la manera en que en este corralito enfermero se debía indicar y autorizar la dispensación, cosa que no se consideró necesaria, ni en el caso del norte, ni en el del sur: deben ser dentistas y callistas, no como las enfermeras, gente de fiar.

La historia es bien conocida: el gobierno del Partidopular aprueba en octubre de 2015 un real decreto que nunca llegó a ser aplicado, menos aún desarrollado (como ya advertimos en su momento: papel mojado). Exactamente tres años después, el gobierno socialista aprueba otro real decreto que modifica el anterior (aquí, cómo queda el RD 954/2015, de 23 de octubre, tras la modificación introducida por el Real Decreto 1302/2018, de 23 de octubre; texto consolidado).
La mayoría de las representaciones enfermeras –¡también, tras casi diez años de tozuda defensa de los bisnes de cursitos y acreditacioncitas, lo hace ahora la Mesa de la Profesión Enfermera, bendito oportunismo!–, expertos en legislación sanitaria y hasta algún modesto free-rider, defendieron no solo la derogación del Real Decreto, sino también una modificación de la ley del medicamento que simplemente diera entrada al sanctasanctórum prescriptor, como recetadoras pata negra, a las enfermeras, acabando con ese estúpido apartheid… Pero el recién llegado gobierno, tras todos los jaleos que forzaron la dimisión de la anterior ministra socialista y con una exigua base de asientos en el Congreso, prefirió limitarse a hacer una faena de aliño, es decir, modificar el real decreto pepero: una actitud posibilista (vamos a no liarla) y perfectamente congruente con la posición del Grupo Parlamentario Socialista de hace año y medio.
Dicen los viejos que en este país esa precipitación tuvo que ver con el inminente advenimiento de la campaña de vacunación de la gripe… y aquí entramos en el meollo de esta entrada.

II

A las pocas semanas de publicarse en el BOE el RD 954/2015, que se aprobó traicionando los pactos del Ministerio de Sanidad con la Mesa de la Profesión Enfermera –más conocida en redes sociales como la mesa camilla por su limitada composición–, aprovechando que entonces estaban muy distraídos con otros temas más lucrativos, y tras los consabidos insultos urbi et orbii del expresidente enfermero (hooligans, talibanes, felones, cobardes…) encaminados a esquivar las propias culpas, la estrategia del @CGEnfermeria y @Sindicato_SATSE pasó por amedrentara las enfermeras, diciéndoles que si seguían haciendo lo que llevaban haciendo años y años con respecto a los medicamentos y tenían un problema de efectos adversos o posible mala praxis, se enfrentarían a un delito de intrusismo (cárcel), incumplirían el código deontológico (inhabilitación profesional) y, lo peor de todo, el seguro de Responsabilidad Civil Profesional (SRCP) no les cubriría (ruina económica)[1] (no deja de ser un enorme avance semántico, ya solo seis años antes 2009 hablaban directamente de «delinquir» al tener que «prescribir» la vacuna de la Gripe A).
Una deleznable campaña que trataba de aterrorizar a las enfermeras con las únicas finalidades de (a) vengarse del Ministerio traidor, colapsando centros y servicios sanitarios; (b) tratar de salvar la cara tras la humillación pública inferida; y (c) conseguir una solución decorativa-acreditadora para que no aflorara la estafa del afamado Proyecto Gradua2.
Uno de los principales ámbitos de movilización fueron los tribunales de justicia. Primero, recurrieron ante el Tribunal Supremo el RD 954/2015, como hicieron también hasta otros 14 colegios, sindicatos y administraciones públicas. Año y pico después, en junio de 2017, habían recibido una buena noticia, ya que a instancias de los tres colegios vascos el Tribunal Superior de Justicia había confirmado un Auto de un Juzgado de lo Contencioso Administrativo que suspendía cautelarmente (no anulaba, como se vendió) la Instrucción dictada por el Consejero de Salud en la que trataba de despejar las dudas o temores que pudieran tener las enfermeras de Osakidetza para vacunar sin prescripción médica.

III


De ahí que, animados por un éxito más formal que sustancial, tanto el Consejo General de Enfermería, como el Consejo de Colegios Profesionales de Enfermería de Castilla y León, como el Sindicato de Enfermería-Satse, recurrieron en los tribunales la OrdenSAN/863/2017, de 6 de octubre, por la que se dispone la vacunación de la población de la Comunidad de Castilla y León frente a la gripe y el neumococo.
El argumento era el mismo que se había venido utilizando, con el típico aderezo de medias verdades (que el Tribunal Supremo había dicho que con órdenes como la recurrida «se intenta evitar artificiosamente la aplicación del Real Decreto 954/2015 que regula la prescripción enfermera», cuando el Auto referido se limitaba a denegar la suspensión cautelar del Real Decreto que pedía el Gobierno de Aragón) y de una vía argumental claramente demagógica y antijurídica (como ya se les advirtió repetidas veces en su momento): «para que un enfermero pueda indicar, usar o autorizar un medicamento sujeto a prescripción médica, como lo es la vacuna de la gripe, es necesario que el enfermero posea la correspondiente acreditación emitida por la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y que el correspondiente profesional prescriptor haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, validado conforme a lo establecido en el art. 6 de ese Real Decreto, protocolo o guía de actuación que en la actualidad no existen
Pues bien, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León acaba de fallar contra las pretensiones, tanto de Satse (Sentencia de 28 de septiembre), como de los consejos General (Sentencia de 11 de octubre) y Autonómico (Sentencia, también, de 11 de octubre). El argumento jurídico esencial es de una sencillez tan pasmosa que deja en evidencia a los recurrentes y, sobre todo, a sus servicios jurídicos:
«No se trata, pues, de que el personal de enfermería al administrar la vacuna frente a la gripe y el neumococo a la población diana de acuerdo con las Instrucciones de la Dirección General de la Salud Pública, tal y como se dispone en la Orden impugnada, se le esté obligando a dictar órdenes de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, sin que se cumplan los requisitos que para dictar dichas órdenes se contemplan en el art. 3 del citado Real Decreto 954/2015. Por el contrario, se les está encomendando la realización de una actividad que entra dentro de sus funciones: cumplir unas Instrucciones dadas por la autoridad sanitaria competente en el marco de una acción de prevención sanitaria (distinta al acto médico individual) que es preciso realizar en un periodo determinado para conseguir, lo que a nivel de la Unión Europea, se señala en la Recomendación del Consejo de 22 de diciembre de 2009, esto es, alcanzar un nivel de vacunación del 75% de las personas mayores recomendado por la OMS
Por otro lado, dicen también las sentencias, si antes del Real Decreto las enfermeras venían vacunando en atención a lo dispuesto en la Ley de garantías y uso racional del medicamento, tanto antes (2006-2009) como después de su modificación (2009-2017), no se entiende que una norma de desarrollo pueda establecer ningún impedimento que la ley no contempla, máxime cuando «las vacunas son medicamentos especiales (art. 45.1 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio) y el riesgo que se pretende evitar mediante la exigencia de receta no se da con la vacuna puesto que esta se administra a la población diana en la forma establecida por la autoridad sanitaria en el marco de una acción de prevención sanitaria
Personalmente, no me cabe ninguna duda de que los equipos jurídicos no componen un pelotón de los torpes, simplemente tuvieron que echarle mucha imaginación para argumentar jurídicamente una tontería de semejante calibre. Lo que se perseguía no era sino montar follón y tratar de vengarse del Ministerio de Sanidad ante lo que claramente fue una humillación personal –no, como se pretendió, de toda la profesión: cuando se traicionó a las enfermeras fue en 2009, cuando se aprobó la modificación de la ley del medicamento que creó el apartheid prescriptor enfermero, ante la mirada complacida de quienes no dudaron en ponerse la medalla–.
No creo que esté bien gastar los dineros de colegiados / afiliados para adornar una estrategia del miedo, dirigida tanto a las enfermeras (como ya vimos más arriba) como a los gestores (¡vamos a paralizar los centros!, ¡vamos a boicotear el calendario de vacunación!). Una ensoñación que no lograron ni de coña: salvo unas pocas más fanatizadas o ignorantes, las enfermeras siguieron haciendo su trabajo, los centros siguieron funcionando y los niños y otros ciudadanos fueron puntualmente vacunados. Todo un ejemplo de esa profesionalidad con la que también deberían gestionarse instituciones tan importantes como las colegiales y sindicales.
El Real Decreto 954/2015, una vez modificado, ya contiene una autorización explícita para que las enfermeras administren las vacunas – y no solo las del calendario oficial, también las de campañas como la de la gripe– sin necesidad de que el médico lo prescriba de manera individualizada. Por ello, las sentencias referidas no podrán ser recurridas por haber decaído los motivos de impugnación. Pero son interesantes, según he contrastado con algún experto jurista, porque en ellas se realizan unas argumentaciones jurídicas que, por tratarse de sentencias firmes, podrían ser utilizadas con respecto a los anunciados recursos médicos contra el Real Decreto 1302/2018. Tanto como respaldo argumental, como, eventualmente, para una casación en el Supremo.


Como reflexión final: es curioso que cuando este entorno meseril enfermero gana una sentencia, sea donde sea, con los efectos que sean, se amplifica la noticia en los medios amigos, en los canales propios y con ampulosas circulares; pero cuando palman… procuran que no se enteren ni los medios ni las enfermeras. Bien, aquí les he dejado esa información embargada.



[1] Este que les habla (escribe, más bien), simplemente preguntó a la aseguradora del SRCP si era cierto y la respuesta fue la que ya esperaba: que se trataba de un bulo.




Cláusula de protección jurídica.- Juan F. Hernández Yáñez publica esta entrada en este blog en uso de su derecho constitucional a la libertad de expresión, toda vez que todos los hechos que se describen están documentados y comprobados. No obstante, las personas y entidades aludidas, o que se sientan aludidas, pueden ejercer su derecho de rectificación conforme a la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.



lunes, 15 de enero de 2018

Alquimia


Había escrito un montón de líneas, pero creo que esta ingeniosa alquimia se explica mejor mediante una presentación.



Alquimia de Juan F. Hernández Yáñez


PS.- Al menos hasta el domingo 14 de enero de 2018, la Memoria Anual 2016 de Codem estaba colgada aquí (ver páginas 111-112).
Y el Convenio, a cuyos protagonistas vemos en el solemne acto de la firma, puede descargarse aquí (ver páginas 7 a 9).



 

viernes, 12 de mayo de 2017

Las enfermeras también existen (y hoy es su día)

(Este escrito estaba planificado desde hace unas semanas para su publicación como tribuna de opinión en un medio de ámbito nacional coincidiendo con el día de la enfermera. Pero la “sugerencia” de ciertos cambios, no de estilo sino de contenido, que desvirtuaban la visión y opinión sostenidas, y mi negativa a aceptarlos han supuesto el veto a su publicación. No, por cierto, del propio medio, sino del colaborador externo que coordina las aportaciones en materia sanitaria).


Hoy se celebra el Día Internacional de la Enfermera, en conmemoración de la comúnmente aceptada, aunque fácticamente dudosa, creadora de la profesión enfermera, Florence Nightingale. Por otro lado, dentro de dos semanas se inaugurará el Congreso Mundial de Enfermería,  que reunirá a miles de enfermeras  −está por ver cuántas de las 15.000 anunciadas de todo el mundo en Barcelona. Los medios no suelen prestar gran atención a la enfermería aun cuando es un tema interesante desde el punto de vista político, económico y sociológico; por eso, aprovechando esta doble coincidencia me han pedido unas breves reflexiones de interés general.

Durante décadas las enfermeras se enfrentaron en muchos países a una situación un tanto irritante: allí donde los médicos eran más reacios a instalarse, por ser zonas menos rentables o más inhóspitas, las consultas médicas eran atendidas por enfermeras adecuadamente preparadas para ello. Ese es por ejemplo el origen de las Nurse Practitioner, enfermeras de práctica avanzada, en EEUU.
Sin embargo, en zonas carentes de esos problemas las organizaciones médicas se negaban, respaldadas generalmente por los poderes públicos, a que las enfermeras en general pudieran realizar esas mismas tareas (además de las propias, claro), a pesar de que habían demostrado que podían hacerlo de manera eficaz, eficiente y prudente. Por eso hablo de “irritante”: o soy competente  −y puedo siempre, no solo cuando interesa− o no lo soy –y no puedo nunca, tampoco cuando convenga.
Hoy en día la situación ha cambiado radicalmente; en muchos países se acepta sin problemas que las enfermeras atiendan clínicas, consultas o centros geriátricos sin necesidad de supervisión médica; que prescriban y realicen pruebas diagnósticas, receten medicamentos o reemplacen en muchas de sus tareas a especialistas médicos, como psiquiatras, oncólogos o anestesistas.
Recorrer este camino no fue fácil. En primer lugar por resistencias internas: muchas organizaciones enfermeras denunciaban que explorar esa vía impropia de desarrollo profesional suponía poner en riesgo los “valores” o “esencias” enfermeros. Las resistencias, no obstante, se fueron aplacando al asumir que no se trataba de sustituir los roles tradicionales, sino de ampliar horizontes para miles de enfermeras que libremente decidían orientar su práctica hacia esos territorios más “biomédicos”. Lejos de su pretendida pureza uniformadora original, la de enfermería es, y lo va a ser cada vez más, una profesión “mestiza”, muy heterogénea. Y al lado de sus roles más tradicionales irán abriéndose nuevas vías de práctica en territorios como la salud pública, la atención en la comunidad, la gestión clínica, etc.
En segundo lugar por la natural hostilidad y resistencia del lobby médico, pero esto se combatió de la manera más simple, lo que no quiere decir más fácil: mediante la construcción de un lobby enfermero capaz de pelear cuerpo a cuerpo en el despiadado ecosistema profesional sanitario, de influir más decisivamente sobre los reguladores y de ganar la batalla más decisiva, la de la opinión pública: que te acepten como proveedor confiable. Por eso, como escribió hace un par de años el economista Uwe E. Reinhardt, «The doctors are fighting a losing battle. The nurses are like insurgents. They are occasionally beaten back, but they’ll win in the long run. They have economics and common sense on their side» (Los médicos están peleando una batalla perdida. Las enfermeras son como insurgentes. A veces puedes golpearlas, pero en el largo plazo ganarán. Tienen la economía y el sentido común de su parte).
¿Y con la enfermería española, qué pasa? Buena, conveniente e interesante pregunta.
Entre 1977, año en que la formación de las enfermeras se convirtió en universitaria, y 1987, en el que se aprobaron legalmente las especialidades oficiales por el sistema médico de residencia, la enfermería española vivió su verdadero decenio de oro: acceso a los cuerpos docentes universitarios y decanatos; formación a cargo básicamente de enfermeras; direcciones de enfermería en los hospitales; consultas propias en atención primaria; sindicato profesional bien implantado; notables incrementos salariales...
En definitiva, se consiguieron muchas de las principales reivindicaciones de una profesión que el ministro Ernest Lluch utilizó como contrapoder joven, femenino y progresista frente al predominio de unas élites médicas filofranquistas y consentidas, sumamente hostiles frente a cualquier intento de reforma del statu quo.
Todo iba viento en popa hasta que llegó el gran frenazo.
En los últimos 30 años, solo una de las reivindicaciones históricas de las enfermeras, el segundo ciclo universitario, puede considerarse satisfecha. Y además no fue un logro de las élites enfermeras, aunque se haya querido vender así con una cierta desvergüenza, sino la derivada lineal de la reforma del Espacio Europeo de Educación Superior (“Bolonia”).
Del resto (especialidades; prescripción enfermera; rol directivo en gestión clínica; centralidad en la atención a la cronicidad; competencias de práctica avanzada; carrera profesional; stock y ratios de enfermería; capacidad de influencia política…), nada se ha culminado satisfactoriamente para la profesión.
Por no hablar de una extraordinariaprecarización del mercado de trabajo, especialmente en el sector público, que afecta de manera más intensa a la enfermería por el carácter generalista de su formación.
Hay que reconocer que las enfermeras españolas han progresado mucho durante todo este tiempo, no solo ampliando sus roles asistenciales, también en la docencia y la investigación, con cientos de doctoras y miles de especialistas. Han asumido liderazgos potentes en continuidad de cuidados o atención a crónicos en algunos servicios de salud. La ciudadanía expresa en las encuestas un gran depósito de confianza. Y en general se han ganado día a día el respeto de los médicos y otros profesionales (excepto los que han decidido mantenerse en La Caverna). Pero en puridad se trata de un avance, y de un esfuerzo, de las enfermeras, no de la Enfermería.
Parafraseando al Zavalita de Conversación en la Catedral: «¿En qué momento se nos jodió la enfermería?». Mi respuesta: cuando para reguladores y gestores se convirtió en una suerte de navaja suiza que vale lo mismo para un roto que para un descosido. Mano de obra barata, competente, disciplinada y versátil. Porque un rasgo peculiar y paradójico de esta profesión, al menos en España, es que algunas de sus principales fortalezas (versatilidad, capacidad de gestión y coordinación de recursos, compromiso, resiliencia...) se acaban convirtiendo en debilidades al ser aprovechadas por los gestores y otras profesiones en beneficio propio.
¿Y por qué se permitió y se sigue permitiendo esto? Simplificando mucho, porque las élites enfermeras de la transición mujeres progresistas, reivindicativas, implicadas e intelectuales: la enfermería cosmopolitase refugiaron en la universidad y fueron sustituidas en las instituciones corporativas por hombres conservadores, pactistas y utilitarios la enfermería profunda, conformando unas estructuras corporativas «extremadamente personalistas, gerontocráticas y masculinizadas, muy mercantilistas y opacas, donde los intereses personales y corporativos se entreveran y a veces son indistinguibles, ante el desdén inconsciente, aunque no incomprensible, del grueso de la profesión, obligada a permanecer colegiada y abonar religiosamente sus cuotas».
Ahí siguen, después de 30 años. Unas élites extractivas y unas bases profesionales indiferentes. Pero diríase que algo está cambiando estos últimos años, con grupos de enfermeras activistas pro reforma de la organización colegial cada vez más numerosos que han impulsado potentes campañas en redes sociales, así como numerosas denuncias judiciales contra la corrupción y las tramas; unos medios de comunicación más alerta y receptivos; y unas élites más débiles y nerviosas, que no hacen, con su torpeza  querellas, expedientes, intentos de toma de los colegios disidentes y amparo de los apaños de los afines, trampas legales para sortear las leyes y sentencias y falsear la voluntad de los colegiados en asambleas fraudulentas...–,  sino tensar al extremo una cuerda a punto de romperse y reforzar al enemigo.

Feliz día, coraje y suerte.


lunes, 16 de enero de 2017

El sindicalista cuántico



Igual que el gato de Schrödinger, que está al tiempo vivo y muerto en el experimento especulativo de Erwin Schrödinger, los liberados sindicales de SATSE están al tiempo colegiados y descolegiados. Cosas de lo cuántico…

(Me entero a través de los comentarios, un día después de la publicación de esta entrada, que el gato de Schrödinger ya fue utilizado por un querido y admirado amigo, Xose M. Meijome, en un agudo comentario tuiteado durante la celebración de la Asamblea a la que se refiere este post. Me encanta que a los dos se nos haya ocurrido esta metáfora cuántica).

Habrán podido conocer por los medios de comunicación y las redes sociales que decenas de liberados sindicales de SATSE, en lugar de dedicarse a lo que deberían, sea esto lo que sea, han decidido dedicarse a la alta política. Y a pesar de su tradicional insumisión colegial, mireusté, ahora han decidido colegiarse. Eso sí todos ellos, en comandita, en el mismo Colegio, el de Madrid (CODEM).

Después, cambiando la insumisión colegial por la sumisión sindical muchos de ellos han ido como corderitos a la Asamblea General de CODEM a aprobar las cuentas 2015, los presupuestos 2017 y de paso una modificación (presuntamente ilegal de la cruz a la fecha) de los estatutos del colegio, que sustituye las asambleas generales anuales por una reunión de compromisarios y convierte al Colegio en una suerte de caja de ahorros, partido político o club de fúmbol y a sus asambleas en algo así como una junta de accionistas con voto delegado.

¿Me explico más claramente? El CODEM, para garantizar que podría aprobar todo esto frente a la enfermería madrileña de base, ha afiliado en los últimos meses a (al menos, según informa la Asociación Madrileña de Enfermería) 170 liberados sindicales de SATSE que aprobaron con sus votos manchegos, navarros, murcianos, castellanos, riojanos, vascos, etc. los asuntos que únicamente incumbían a las enfermeras madrileñas: esas que, mientras estos sindicalistas se dedican a la alta política, le atienden y cuidan a usted en los centros y servicios sanitarios de la Comunidad de Madrid.

A la asamblea acudió también la crème de la crème corporativa, incluidos el presidente y el vicepresidente segundo del Consejo General de Enfermería, quienes, ¡hay que ver qué poco cuánticos!, en vez de estar al tiempo muertos y vivos, como el gato de Schrödinger, están al tiempo vivitos y coleando en dos colegios de enfermería, Córdoba y Madrid. O sea, predicando en vena con el ejemplo sobre praxis colegial ética y códigos deontológicos.

Como por la boca muere el necio, algunos neocolegiados reconocen los hechos y justifican su colegiación por una mentira y una verdad:


Pues bien: sostiene el tal Blaya que "al no ejercer la profesión -está liberado como secretario general de Satse- no tiene en realidad obligación de ser miembro de ningún Colegio, ni de estar afiliado al de un territorio determinado".

Y aquí es donde entra en escena el gato de Schrödinger, que aunque es felino conoce bien la legalidad y la jurisprudencia. Empezando por la legalidad, el artículo 7.1 de la vigente ley 2/1974 (texto consolidado) sobre colegios profesionales establece taxativamente que...




Por su parte, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, precisamente a raíz de una sentencia en casación que anuló la elección como presidente del Consejo General de Enfermería de Il Professore Dottore en 2006, es algo más precisa. Dice la sentencia de 3 de noviembre de 2010:



De hecho la sentencia firme del Tribunal Supremo se refiere a ejercer la docencia; es más, en una facultad de Enfermería. Pero sentencia que esta dedicación docente no es, como exige la Ley sobre colegios profesionales, "encontrarse en ejercicio de la profesión que se trate".

No digamos, pues, del ejercicio como liberado-burócrata sindical, infinitamente más alejado aún del desempeño como profesión de la enfermería que la docencia.

Por tanto, si como sostienen el Tribunal Supremo (aplicando la ley) y el tal Blaya (desde su privilegiada experiencia personal) los liberados sindicales no ejercen la profesión, ¿podría alguien explicarnos por qué hay un buen puñado de liberados sindicales (que por tanto no ejercen la profesión) como miembros de la junta de gobierno del CODEM, situación para la cual, como ordena la ley y los propios estatutos del CODEM, hay que estar en ejercicio de la profesión?

Como el gato de Schrödinger, estos sindicalistas cuánticos están al tiempo no ejerciendo (para colegiarse solo cuando y donde quieran) y ejerciendo (para poder ser elegidos como cargos colegiales).

De no existir la connivencia que existe (ahora) entre el Consejo General de Enfermería y el CODEM, la sucesión de acontecimientos debería haber sido la siguiente: a) apertura de expediente informativo, de oficio o a instancia de parte; b) resolución anulando el nombramiento de una junta de gobierno conformada por colegiados que no cumplen los requisitos legales y estatutarios para tomar posesión de sus cargos; c) nombramiento de una Junta de Edad que convocara un nuevo proceso electoral, al que únicamente podrían ser admitidos como candidatos quienes realmente estuvieran en disposición de cumplir los requisitos, dejando fuera por tanto a los colegiados de Schrödinger.

Para finalizar, una pregunta retórica: ¿Se imaginan ustedes qué hubiera pasado si esta situación se hubiera producido, por ejemplo, en el colegio de Murcia o en el de Baleares?

Yo sí. Es que tengo una imaginación desbordante...




 HOY, 16 DE ENERO, SE PUEDE SEGUIR LA CAMPAÑA CONTRA ESTA VERGÜENZA EN REDES SOCIALES BAJO EL HASHTAG #VergüenzaCODEM