I
Término
municipal de El Boalo, Comunidad de Madrid. La titular de la farmacia,
Lucrecia Gutiérrez, atiende a domicilio a siete vecinos plurimedicados que tienen
dificultades para desplazarse a la farmacia. El coste del servicio para cada
usuario es de 40 euros al mes, de los cuales, entre el 60% y el 85% es
subvencionado por la Concejalía de Sanidad y Servicios Sociales. El servicio
incluye un Sistema Personalizado de Dosificación (SPD) que permite al usuario tener reunidos todos los medicamentos incluidos en cada toma según la prescripción de su médico y un Seguimiento Farmacoterapéutico (SFT) que comprueba la adherencia a la medicación dispensada.
Sin
embargo, la farmacéutica titular no se limita a ocuparse de las medicinas, sino
que aprovechando cada visita anota el peso de «sus pacientes» –así los denomina
en un vídeo difundido por su sociedad profesional–, así como la tensión y, si
procede, la glucosa en sangre. Una actividad de carácter claramente “asistencial”
que no está contemplada en la legislación, ya que esta solo describe la intervención
de la oficina de farmacia en lo relativo a la “prestación” farmacéutica; además, los parámetros medidos no pueden ser incorporados a la historia
clínica de los pacientes, ya que las farmacias no tienen acceso, y son registrados en una BD local.
El
Colegio de Enfermería de Madrid, parece ser que a instancias de la enfermera
del Centro de Salud de El Boalo, denuncia ante la Inspección lo que considera
un caso de intrusismo profesional y la Consejería de Sanidad ordena a la
farmacéutica cesar en la realización de una actividad asistencial que no está
contemplada en el Convenio de Colaboración firmado con el Colegio de Farmacéuticos.
Pero este caso no es único, ni siquiera excepcional; en el País Vasco o en
Canarias, por citar solo las CCAA donde parecen estar más generalizados y
existir desde hace más tiempo, las administraciones locales llevan años
concertando o subvencionando con las farmacias servicios de estas
características, generalmente bajo el paraguas de algún tipo de convenio
genérico entre las consejerías del ramo y los colegios de farmacéuticos.
En la Comunidad
de Madrid, gobernada por el PP, un proyecto de modificación de la Ley de
Ordenación Farmacéutica de 1998 que se tramita en la Asamblea regional incluye
de manera bastante explícita el desarrollo de competencias asistenciales de las
oficinas de farmacia, las cuales, según el proyecto de ley, «prestan servicios
de carácter asistencial en colaboración y coordinación con otros profesionales
de la salud». Hoy en día no parece probable que el proyecto de ley vaya a ser aprobado,
ya que PSOE y Podemos han anunciado su voto en contra, mientras que Ciudadanos,
cuyo voto a favor sería decisivo, ha anunciado que probablemente se abstendrá.
Pero este
debate tiene mucho más alcance, ya que mientras se van introduciendo pequeñas
experiencias por la gatera –normalmente
“pilotos” de resultados no extrapolables porque implican a un pequeño grupo de
farmacias y usuarios, pero que son amplificados bajo titulares contundentes–, lo que se
desarrolla tras bambalinas es una estrategia muy bien definida y coordinada de
todos los agentes incluidos en la cadena de valor de la industria farmacéutica:
Farmaindustria, Organización Colegial, distribuidores mayoristas, asociaciones y
patronales de farmacéuticos comunitarios...
Con dos
objetivos declarados: el primero, de
carácter económico, es captar los más de 1.700 millones de euros anuales en los que el Consejo
General cifra –de manera bastante arbitraria– el coste no remunerado de los servicios profesionales que vendrían prestando las farmacias. Más que la "codicia capitalista" –una
mejora de los resultados comerciales del sector, interpretación demasiado
lineal y esquemática–, o el fantasma de la "privatización de la sanidad pública", el objetivo principal es que administraciones públicas y familias financien un notable crecimiento
del sector, en volumen, facturación y empleo, mediante una expansión de las actividades reguladas de estos
establecimientos. Expresado en términos sencillos, explotar mientras se pueda, y tanto como se pueda, una oportunidad de expansión del sector: nada ilegal, ni ilícito, ni novedoso, ni exclusivo, ni... ¡solo lo esperable en un lobby, como tantos otros!
El segundo objetivo, este de carácter
político, sería blindar en España el modelo mediterráneo de farmacia,
tras las desafecciones portuguesa (2007-2018) e italiana (2017). Este modelo tiene
su eje fundamental en la preservación legal del farmacéutico como único
propietario posible de la oficina de farmacia –solo de una, en España,
blindando el sector ante posibles testaferros
de la distribución mayorista o la industria–, frente a la corporatización
que se va generalizando en todo el mundo y las amenazas de las amazon como retailers
online de medicamentos sin receta, algo que en
España actualmente solo puede hacerse a través de una oficina de farmacia física
(mortar & bricks). Y de paso blindar también la colegiación obligatoria
de los farmacéuticos comunitarios, aspecto puesto en cuestión, al igual que los
anteriores, por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en su Estudio sobre el mercado de distribución
minorista de medicamentos de octubre de 2015.
España es
el país de la OCDE con mayor densidad de farmacias: 47,2 por 100.000 habitantes
(2015), por delante de Japón, a pesar de que este país tiene un 43% más de
farmacéuticos que España. La microfarmacia característica de nuestro
modelo, tanto por dotación de profesionales como por tamaño y estructura,
hace que nuestras farmacias estén mucho peor posicionadas que las de otros
países para desarrollar de manera generalizada lo que se da a conocer como
Atención Farmacéutica (Pharmaceutical
Care).
Por no
hablar, como se está empezando a generalizar en ciertos países, de albergar dispositivos
asistenciales atendidos por otros profesionales, como médicos, enfermeras, nutricionistas
o terapeutas, convirtiendo a las farmacias o apotecas en verdaderos centros asistenciales,
en vez de meros establecimientos expendedores de productos envasados.
Este
modelo de microfarmacia muy capilarizada explica en buena medida la necesidad que
tienen nuestras boticas de utilizar los domicilios privados como una extensión
natural de sus exiguos locales.
Y estas mismas limitaciones también explican que los desarrollos reclamados tengan que
plantearse, como se hace desde el sector, sobre una base de voluntariedad, lo cual supone un grave
problema: la posibilidad de recibir una Atención
Farmacéutica, de primera o de segunda, o de no recibirla en absoluto, estaría
en función del código postal, no de la necesidad real.
Por eso,
cuando se presentan referencias exitosas de otros países como aval para
promover o defender desarrollos definidos como de Atención Farmacéutica en España, conviene recordar que los condicionantes locales, y no los buenos propósitos, las
ideas geniales o el mero sentido común, son lo que determinan en mayor grado su
viabilidad y garantía de éxito. Existen numerosos aspectos regulatorios que
influyen sobre la viabilidad real de un desarrollo consistente y equitativo de
la Atención Farmacéutica.
Por
ejemplo, las restricciones regulatorias para
la apertura de boticas –demográficas y/o geográficas–, la exigencia de titularidad por parte de un
farmacéutico y las restricciones en el
número de farmacias de un mismo propietario; la autorización de la venta de medicamentos por empresas
distintas de las oficinas de farmacia –en local y/o por vía telemática–; si se
permite o no la integración vertical de
las farmacias con laboratorios o distribuidores mayoristas; si los
farmacéuticos tienen capacidad legal para modificar
prescripciones en determinados casos, por ejemplo, para cambiar un fármaco
de marca por su genérico o para modificar la plurimedicación tras una revisión
del uso de la medicación (RUM); la posibilidad de los farmacéuticos
comunitarios para obtener una acreditación
para prescribir, colaborativa o independientemente, etc.
Finalmente,
con respecto al acceso por parte de las farmacias comunitarias al historial
médico, completo o parcial, de sus usuarios y población de influencia, la
entrada en vigor el pasado mes de mayo del nuevo Reglamento europeo de
protección de datos (2016/679, de 27 de abril) endurece las condiciones y
sanciones, de manera muy especial en el campo de la información relativa a la
salud, definida esta en sentido muy amplio.
Por ello,
resulta ingenuo en el actual contexto que se pueda pensar, siquiera a medio
plazo, en la viabilidad de permitir el acceso a la historia clínica única por
parte de empresas privadas tan atomizadas, por mucho que se quiera vehiculizar
a través de los colegios profesionales. Y sin
este acceso, tanto de lectura como de escritura, las ambiciosas propuestas de
carácter asistencial que se están proponiendo, que pasan en primer lugar por la
integración de los farmacéuticos comunitarios dentro de los equipos de atención
primaria, resultan simplemente imposibles. Parece más sensato que esta
incorporación corresponda a una figura ya existente en la mayoría de las CCAA:
la del farmacéutico de atención primaria.
Dicho de
manera clara: cuando se reclaman competencias o actividades que los
farmacéuticos comunitarios poseen o realizan en otros países, no parece legítimo
querer importar únicamente lo que interesa o conviene. Quizás ese mayor
desarrollo se produzca por exigencias derivadas de carencias o problemas específicos
de sus modelos y recursos sanitarios y haya
sido el modelo de farmacia comunitaria el que se ha adaptado a las necesidades
del sistema, y no al revés –como, si se me permite, al leer ciertas
declaraciones, parece ser lo que se persigue aquí: la AF como un derecho de la profesión y/o de los ciudadanos–, precisamente para aportar sus
recursos y capacidades en la solución de los problemas.
Es cierto
que una mayor integración de las farmacias comunitarias dentro de los dispositivos
de atención primaria y comunitaria podría resultar muy interesante,
especialmente de cara a las nuevas demandas sanitarias relacionadas con la pluricronicidad.
Pero conviene recordar que la definición de la Atención Farmacéutica
(Pharmaceutical Care) que realizan bastantes asociaciones de farmacéuticos, empezando
por su Federación Internacional, es mucho más ambiciosa, y por ello
probablemente percibida como más invasiva, de la que se realiza desde las instancias técnico-jurídicas
encargadas de proporcionar sustento conceptual y analítico a quienes elaboran
las políticas.
Por
ejemplo, el Consejo de Europa, a través del Directorio Europeo para la Calidad de los Medicamentos y la AtenciónSanitaria (EDQM), definió en 2012 la Atención Farmacéutica como «la
provisión responsable de la terapia farmacológica con el objetivo de obtener
resultados definidos que mejoren la calidad de vida del paciente (…) un proceso
mediante el cual el farmacéutico coopera con los pacientes y otros
profesionales en el diseño, implementación y monitorización de un plan
terapéutico que produzca resultados terapéuticos específicos para el paciente.».
Y concretó este proceso de atención farmacéutica en tres funciones principales,
siempre dentro del ámbito de «los problemas potenciales y reales relacionados
con los medicamentos»: identificarlos,
solucionarlos y prevenirlos.
Teniendo en cuenta que el principal estudio observacional cifra en torno a un 12% los errores relacionados con la medicación en atención primaria, la aportación de la atención farmacéutica, definida en los términos del EDQM, sería sin duda una aportación altamente cualificada a
los servicios asistenciales y a los pacientes, que dista mucho de estar implementada
y que debería poder hacerse con carácter universal, no, como se pretende, sobre
una base de voluntariedad; y con un modelo específico de retribución, que no
tiene por qué ser necesariamente un pago por servicio o usuario (como sucede con mayor o menor extensión en algunos países de nuestro entorno), ya que inevitablemente
incentiva el consumo, sino, preferentemente, por resultados o, en todo caso, sobre la misma base retributiva del resto de los profesionales asalariados.
Aunque sin duda el caso más notorio es el de la Mesa de la Profesión Enfermera (Consejo General y el sindicato SATSE), ya que está llevando a cabo una campaña muy hostil y poco razonable de descalificación global, no solo de la farmacia comunitaria como institución, sino también de los propios farmacéuticos comunitarios, a quienes se presenta como tenderos codiciosos, cruzando sin duda líneas rojas que nunca deberían cruzarse, ante los ojos atónitos de pacientes y usuarios (y de muchas enfermeras también, por cierto).
Definamos,
pues, los problemas existentes y definamos las aportaciones que se pueden
realizar en busca de soluciones concretas por parte de cada agente profesional.
De manera ordenada y con el mayor consenso posible.
Para los
servicios de salud, este tipo de desarrollos incoherentes fragmentan la
asistencia sanitaria y la información sobre el paciente; descapitalizan el
servicio público; no está demostrado que aporten valor en cuanto a la
eficiencia general de los servicios sanitarios públicos y la calidad de la
atención sanitaria; suponen un incremento no cuantificado/cuantificable del
gasto sanitario que quizás estaría mejor empleado en la mejora cuantitativa y
cualitativa de las plantillas de profesionales, incluidos los farmacéuticos
clínicos y gestores; suponen una amenaza a la relación
médico-enfermera-paciente; son contrarias a la legislación básica del Estado;
y, por ende, fomentan una suerte de intrusismo profesional más o menos
explícito o camuflado.
De ahí
que deba insistir una vez más en el profundo error que supone proponer un desarrollo sin orden, caracterizado por el tacticismo, los trompicones y los bandazos. De
persistirse en esta estrategia, se pagará caro en el futuro: como ya he escrito anteriormente, en descohesión de los
servicios de salud; en judicialización
de decisiones que deberían ser estrictamente técnicas; en inequidad en el acceso de los ciudadanos a la prestación y
servicios farmacéuticos; y en frustración
a medio plazo de los propios farmacéuticos comunitarios.
Ya lo
reconocía hace unos pocos días el presidente del Colegio de Farmacéuticos de
Madrid, Luis González, con la melancolía que produce empezar a asumir una cruda
realidad (que la fantasía de que podía aprobarse una Ley de ordenación farmacéutica
contraria a la legislación básica del Estado, con la que había ido de la mano
de la Consejería de Sanidad, empezaba a desvanecerse): «la farmacia no puede
seguir haciendo pilotos y permitiendo que la sigan acusando de intrusismo». En su opinión, la farmacia comunitaria «está pagando la falta de acuerdos básicos en materia de sanidad».
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