Como desde gobiernos de varias repúblicas bananeras se han puesto en contacto conmigo para que les explique si "ese fantástico método para sucedernos a nosotros mismos tan rápidamente que ni siquiera da tiempo a que los medios lo digieran y critiquen" (reproduzco literalmente de uno de los correos) tiene copyright y dónde pueden comprar el derecho de uso, les he remitido a D. Florentino Pérez Raya, que ha sido el agraciado con el Gordo en este peculiar Sorteo del Niño.
Ahora, en serio.
El proceso electoral convocado por el Consejo General para sustituir como presidente a Máximo Antonio González Jurado está regulado en los Estatutos Generales, aprobados por el Gobierno en noviembre de 2001 (art. 29). Hay algunos aspectos dudosamente garantistas y sin duda peculiares. Por cierto, González Jurado adquirió una enorme deuda con Celia Villalobos, entonces ministra de Sanidad, ya que el Dictamen del Consjo de Estado fue demoledor contra el proyecto de Estatutos; deuda que saldó de la mejor manera posible:
En primer lugar, no hay un órgano electoral neutral ad hoc, siendo la Comisión Ejecutiva la que adopta las decisiones como juez y parte.
En segundo lugar, el plazo para presentar candidaturas es de solo ocho días naturales. Durante ese plazo tan exiguo, los posibles candidatos tendrán que obtener una certificación de su colegio y de su vida laboral (tienen que documentar al menos 15 años de ejercicio); dirigirse a los 52 colegios provinciales solicitando que presenten su candidatura; que estos reúnan a sus Juntas de Gobierno, con el plazo preceptivo entre convocatoria y reunión, y voten proponer (o no) al candidato. Que este obtenga un mínimo de 15 “avales”, lo cual limita a tres las posibles candidaturas (cada uno de los 52 colegios solo pueden proponer a un candidato, al menos según la interpretación que al juez y parte le beneficia e impone, ya que no hay previsiones estatutarias al respecto). Y que los colegios envíen al Consejo General las actas de su reunión y este acuse recibo dentro del plazo de ocho días.
Finalmente, la
decisión de admitir o no la candidatura por motivos formales queda en las manos
de la propia Comisión Ejecutiva. En este caso, al ser solo el puesto de
presidente, es más viable; pero cuando se elige a los miembros del Pleno (de
entre los cuales el presidente nombra a la Ejecutiva) hay que presentar, en ese
mismo plazo, los certificados y aceptaciones de 42 personas (21 titulares y 21
suplentes) en candidatura cerrada y completa. El incumplimiento de uno solo de
los 42 miembros anula la candidatura completa, puesto que no se contempla la
posibilidad de subsanar errores documentales o sustituir candidatos.
Nadie podría imaginar que eso lo consiguiera una candidatura opositora al Pleno: en mayo de 2016, propiciada por la Asociación Nueva Enfermería. Al final, naturalmente, no obtuvo los 15 respaldos exigidos, por lo cual se proclamó la candidatura balante, como de costumbre. Solo que esta vez le vieron las orejas al lobo...
De ahí que en esta ocasión se extremaran las precauciones.
Cuando la convocatoria es en fecha cierta
(extinción del mandato) las candidaturas pueden tener adelantados ciertos
trámites burocráticos; pero cuando, como es el caso, se anuncia por sorpresa (y
en viernes), las cosas se tornan ciertamente duras. Es un régimen electoral a
la medida de quienes ostentan el poder en la organización colegial, que explica
en buena medida los 30 años de Máximo González en el cargo.
Para más inri, a pesar de que la convocatoria
podría haberse producido antes o después, las fechas están elegidas con
precisión para poner todas las trabas posibles a los candidatos: el plazo
empieza un sábado y acaba el siguiente sábado (día en que los colegios
permanecen cerrados); y entre medias está el puente del Pilar, jueves (festivo)
y viernes (laborable... ma non troppo). Es decir, en el mejor de los casos se dispone de cuatro
días laborables para cubrir todo el proceso. En la Comunidad Valencia, donde los tres colegios son opositores, uno menos, ya que el día 9 de octubre es festivo oficial autonómico. ¡Estos bananeros-premium no dan puntada sin hilo!
Al final, naturalmente, solo obtuvo los avales el sucesor de Il Dottore, Florentino Pérez Raya. O al menos eso parece, porque el Consejo General tiene a gala no dar detalle sobre las decisiones de cada colegio, a pesar de que, como ha declarado reiteradamente el Tribunal Supremo, todo lo relacionado con los procesos electorales forma parte de la "actividad de Derecho Público" de las corporaciones profesionales. Y que por tanto tienen que hacer pública toda la información relacionada.
Y que también así lo convinieron el Consejo de Transparencia y Unión Profesional (a la que pertenece el CGE y de la cual, al menos hasta ahora, es tesorero González Jurado), como queda más que claro en la publicación conjunta "Guía de transparencia y acceso a la información pública dirigida a los colegios y consejos de colegios profesionales y demás corporaciones de derecho público", de diciembre de 2016. Ahí podemos leer lo siguiente:
PS.- Este sistema electoral es, en sí, "diabólico". Pero resulta aún más “diabólico” que este mismo Consejo General (su Comisión Ejecutiva, para ser más exactos) haya
anulado las elecciones del Colegio de Murcia de 2016, que se convocaron exactamente el
día que expiraba el mandato (cuatro años justo de la fecha de 2012 que por cierto fue decidida por el propio Florentino, a la sazón interventor del Colegio designado por la Comisión Ejecutiva), sin adelanto ni retraso, por coincidir
parcialmente el plazo de los ocho días con la Semana Santa. Por si quedaran dudas (entre los propios colegiados de Murcia), la Junta convocó nuevas elecciones este mismo año 2017, a las que se presentaron tres candidaturas. Nuevamente, por tercera vez, fueron ganadas por la candidatura encabezada por Amelia Corominas.
Por cierto, tal y como anunció la semana pasada el diario El País, el TSJM dictará en breves fechas sentencia en el recurso
presentado contra las candidaturas de González Jurado y Pérez Raya a las elecciones de 2015, una de las dos razones por las cuales se echó al lado (la otra tiene que ver con la Fiscalía Anticorrupción).
"Casualmente", este recurso fue presentado…
por el Colegio de Murcia. Y la Junta de Edad nombrada ilegalmente por el CGE ha estado intentando quitar del medio al Procurador designado por el Colegio, con el único propósito de "allanarse" del Recurso, es decir, retirarlo.
Genio y figura...
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