(Esta
entrada la tengo prevista hace meses, pero nunca encontré el hueco,
entre tanta turbulencia, para escribrirla y publicarla sin que parezca
una frivolidad, con la que está cayendo (eso mismo ha pensado y
me ha dicho, excediéndose claramente en sus funciones, mi revisora).
Pero tras la agitación que ha supuesto la encuesta sobre prescripción enfermera (que si lee esto antes del 21 de diciembre aún está a tiempo de cumplimentar pinchando aquí
o en el banner de la derecha, gracias) me ha relajado bastante hacerlo. Ayer publiqué la primera parte y mañana haré lo propio con la tercera y última. Gracias por su lectura, sus opiniones serán muy bienvenidas).
Retomando desde donde acabé ayer: la segunda excepción, que a mi juicio tiene mucho más trasfondo simbólico y cultural que la anterior, a esa regla no escrita de que los nombres de los colegios deben referirse a quienes los componen (profesionales, o sea personas) es que 47 de los 52 colegios que encuadran a
las enfermeras en España no se denominan Colegio de Enfermeras, ni Colegio de Enfermeros, ni Colegio de Enfermeras y Enfermeros, ni Colegio de Enfermeros y Enfermeras, que son las cuatro posibilidades de insertar el nombre de los profesionales de la enfermería en la denominación oficial de la institución.