lunes, 8 de junio de 2015

Quinteto electoral (1) El 'pase foral'

Como es bien sabido, la Comisión Ejecutiva del Consejo General de Enfermería [en adelante, el Consejo] ha convocado elecciones para cubrir la vacante producida en su Presidencia, como consecuencia del cese de Máximo Antonio González Jurado [en adelante, González]. Un cese que no ha sido a petición propia ni mediante moción de censura, sino impuesto por una reciente sentencia del Tribunal Supremo.

He pensado dedicar este quinteto (una entrada diaria, desde hoy hasta el próximo viernes) a este importante tema que tiene, por razones tan obvias como de peso, bastante agitado al enjambre.


Aunque muchos de los lectores no lo sepan, esta es una larga historia que se remonta hasta 2001, es decir, un culebrón que ya dura 14 años. He aquí un resumen. Probablemente haya alguna inexactitud u omisión, pero sin duda los protagonistas y/o juristas nos ayudarán a perfeccionarla.

Por Resolución 9/2001, el presidente González convoca elecciones a los cargos electivos (Presidencia y Pleno del Consejo), comunicando a aquellos colegios oficiales a quienes el Consejo reclamaba deudas pendientes que no podrían ni proponer candidaturas ni ser proclamados candidatos.

Los Estatutos Generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad profesional de enfermería (Real Decreto 1231/2001), recién aprobados, así lo establecían. Como había una lucha política contra el expolio que la mayoría gonzalista realizaba sobre los colegios, y que ha llevado al Consejo a ser el que mayor porcentaje de cuotas detrae a los colegios provinciales de todos los de España (sanitarios y no sanitarios), era una forma excelente de neutralizar a una oposición que exigía un acuerdo sobre el importe y no una imposición; y que como protesta, había dejado de transferir al Consejo las cuotas o se limitaba a transferir un porcentaje inferior al impuesto por aquel.

Ello a pesar de que cinco colegios habían presentado recursos en la vía contencioso-administrativa para tratar de anular este, y muchos otros, contenidos de los referidos Estatutos Generales. Finalmente, en sendas sentencias de 4 de febrero de 2004, el Tribunal Supremo declara ilegales algunas de las disposiciones estatutarias, entre ellas, precisamente, las que se referían a la retirada de los derechos políticos a los colegios con deuda reclamada por el Consejo.

Como consecuencia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón al Colegio Oficial de Enfermería de Lérida y anula el proceso electoral en el que una vez más, y como candidato único, había resultado proclamado González. Eso sí, para entonces estamos ya en 2005, cuatro años después de los hechos perpetrados, durante los cuales González y su camarilla siguen gobernando el Consejo bajo el mantra de "jefe, todos somos contingentes, tú eres necesario".

El Consejo acata y convoca nuevas elecciones, que le quiten lo bailao. En estas nuevas elecciones-pucherazo de 2006 (para entonces, González ya llevaba 20 años como presidente, o casi, ya que lo era desde 1987), marca de la casa, se declara inadmitida la candidatura opositora y González (junto con su equipo) quedan elegidos como presidente y plenario Consejo al nbo haberse admitido ninguna otra candidatura.

Pero para entonces ya se habían resuelto los recursos contra los citados Estatutos Generales, que en su artículo 28.2 establecen que "el Presidente del Consejo General será elegido entre cualquier colegiado con más de quince años de ejercicio profesional". Y naturalmente seguía estando en vigor la ley 2/1974 sobre colegios profesionales, que ya establecía en su artículo 7.1 que "quienes desempeñen los cargos de Presidentes, Decanos, Síndicos u otros similares, deberán encontrarse en el ejercicio de la profesión de que se trate".

El Colegio Oficial de Enfermería de Badajoz presenta un recurso para que se anulen las elecciones, entre otras causas por el incumplimiento de la normativa que acabamos de citar, ya que González no habría ejercido durante el tiempo legalmente requerido la profesión de enfermero.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por causas que no todo el mundo tiene claro que sean meramente de doctrina o interpretación jurídica, dio la razón (dos años más tarde) a González, que es profesor titular de escuela universitaria, al considerar que la actividad docente puede asimilarse al ejercicio de la profesión de enfermero. De ahí que hubiera que esperar otros dos años a que el Tribunal Supremo resolviera que en realidad este era un presidente ilegítimo del CGE. Y así tenemos la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 2010, en la cual se anula la inadmisión del candiato opositor y se anula la candidatura de González, de lo cual se desprende (aunque la sentencia no lo dice expresamente) que debería nombrarse presidente a Pareja Llorens, único candidato admitido.

¿Adivinan lo que hizo González, no?

Se le llama pase foral: "se acata pero no se cumple".

Es decir, pasarse la sentencia de casación del Tribunal Supremo por el arco del triunfo, anular el proceso electoral de 2006 y volver a presentarse en la nueva (auto)convocatoria a las elecciones a presidente del Consejo. Y salir elegido, esta vez sin que ninguna candidatura opositora obtuviera los 15 avales de colegios oficiales.

Esta vez fue el colegio de Castellón, por ser el directamente perjudicado (y también porque el de Badajoz fue adecuadamente convencido de que volviera al redil de los semovientes balantes) quien recurre. Y vuelta, como en el día de la marmota, a lo mismo: recurso de reposición ante el CGE; recurso de alzada antes el TSJM (desestimatoria, junio de 2013); y finalmente, una vez más, recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que de nuevo confirma (19 de mayo de 2015) que González no ejerció el tiempo exigido como enfermero y no puede presidir el Consejo General de Enfermería.

¿Y ahora, cinco años más tarde? ¿Un nuevo pase foral? Sin duda, aunque con diversas alternativas que analizaremos más adelante. Veamos antes la situación jurídica creada:

El artículo 29.8 de los Estatutos Generales establece taxativamente lo siguiente:
“El cese del Presidente por renuncia, por moción de censura o por cualquier otra causa acarreará el cese de los miembros de la Comisión Ejecutiva designados por él”.
Y aunque es evidente que González ha sido apartado por sentencia judicial  -ergo, cesado, parece que la actuación judicial encaja bien en la expresión "cualquier otra causa"- del cargo que venía desempeñando y en base al cual firmó decenas de circulares y resoluciones y contratos y nombramientos y apoderamientos... la Comisión Ejecutiva, encabezada por la "presidenta en funciones", Pilar Fernández Fernández, no solo no ha cesado también, sino que se ha atrevido a convocar nuevas elecciones, pero solo a la Presidencia del Consejo (Resolución 2/2015), previo cese de González. Sostiene Fernández que dicha convocatoria se realiza en cumplimiento de la sentencia del Supremo, pero la realidad es que dicha convocatoria ha sido realizada por un órgano administrativo manifiestamente ilegal, por extinguidos los mandatos de sus componentes.

La Comisión Ejecutiva  -y puedo equivocarme porque como es sabido no soy jurista- debería haber realizado dos últimos actos administrativos: el primero, convocar una Asamblea General que hubiera convocado elecciones a la presidencia y, al menos, a los puestos vacantes que su propio cese crea dentro del Pleno del Consejo; la segunda, presentar su dimisión en cumplimiento de la previsión estatutaria del artículo 29.8.

El principal problema que tienen González y su círculo, e incluyo en él a los presidentes de aquellos colegios oficiales que constituyen desde hace muchos años su apoyo electoral y han aprobado sus cuentas y balances durante todo este tiempo, es que si entra alguien de la oposición (o simplemente otra gente) en el Consejo y colegios y realizan una auditoría seria de estos casi 30 años habrá gente que pueda acabar con sus huesos en la cárcel; y muchos más, arruinados.

Empezando, como suele comentar algún presidente colegial, por el escándalo que supone que, siendo el Consejo de Enfermería el más rico de todos (18 millones de euros de presupuesto anual, gracias a 250.000 colegiados no jubilados que aportan a través de (la mayoría de) los colegios el 25% de sus cuotas al Consejo), sea el único de los sanitarios y de otros importantes como arquitectos o abogados que no posee una sede en propiedad, sino que abona un alquiler de 415.000 euros anuales (es decir, unos 35.000 euros mensuales) a una Fundación... fundada y presidida por González, vicepresidida por Fernández y en la que el Consejo solo dispone de una vocalía en el patronato, junto al hermanísimo Julio González Jurado entre otros cooperantes (porque como la Fundación  -no el Consejo como se trata siempre de confundir- es propietaria de la ONG Enfermeras para el Mundo, se vende la Fundación completa como una ONG: la parte por el todo).

Por cierto, los estatutos y memorias, que son de obligatoria publicación, están capados en la web: pinche usted y verá... Ah, y también el código de buenas prácticas. Si no fuera trágico sería cómico.

Ese es el problema de González: que aunque quisiera no puede dar paso a un proceso de renovación colegial porque le va la vida en ello. Su problema es cómo salir, sabiendo que en cuanto salga se derrumbará como un castillo de naipes el entramado que ha construido a lo largo de estos 27 años. Pero por otro lado, si vuelve a presentarse y su candidatura es aceptada por la Comisión Ejecutiva se ponen todos en serio riesgo de que triunfe una eventual demanda por prevaricación y desacato, figuras ambas recogidas en el Código Penal y castigadas con penas de prisión e inhabilitación.

Y aquí estamos, en pleno proceso electoral, convocado sin apenas plazo (10 días naturales desde la emisión de la Resolución, del 3 al 13 de junio) para que un candidato no oficialista consiga que 15 colegios oficiales propongan su candidatura, ya que este número es el mínimo de apoyos exigido en los estatutos para poder ser candidato. Apoyos que deben ser otorgados por sus comisiones ejecutivas (u órgano colegial equivalente) en reunión plenaria extraordinaria.

Para colmo, ya son al menos dos los candidatos opositores que están tratando de encontrar 15 colegios que quieran enfrentarse a la cólera de González (porque los apoyos son públicos), aunque este tema lo dejaremos para la última parte de este quinteto electoral.

Estén atentos mañana a una segunda parte titulada "Sostiene González..." (puede acceder desde aquí)


6 comentarios:

  1. Que se puede decir después de esto.....creo que solo, BRAVO, BRAVO!!!, .Espero con ansias lo de mañana.

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  2. Todos los candidatos deben ser avalados. Eso es lo que se esta pidiendo desde todas partes y es lo justo, si no deberemos hacer fuerza para romper el sistema Colegial, no ya sólo en la Enfermería sino, el sistema Colegial Español, montado sobre una ficticia base de democracia, participación y pluralismo que es ABSOLUTAMENTE FALSA. El Sistema Colegial español es una PODREDUMBRE INFAME, nido de corruptelas amparado bajo una obligación que desde hace AÑOS Europa dice que no puede tolerarse. Aquí en España, como siempre, ni caso. La nueva ley de Colegios está "congelada" y mucho me temo que así se mantendrá. El sistema Colegial legal podría mantenerse con una ínfima parte de lo que se paga a los colegios, el resto no es mas que ADORNOS para servir de tapadera a la CORRUPCION entre otros delitos penales. Los Estatutos Colegiales está "fabricados" a medida de esa corrupción. Es casi imposible irse del poder con esos estatutos rígidos, antidemocráticos, abusivos, insconstitucionales en muchos casos. Ya cansa ver como los métodos de quedarse en el poder es anular candidaturas así por las buenas. SISTEMA COLEGIAL
    Podrido
    Corrupto
    Inútil
    Caduco
    Soporte para delinquir
    Obsoleto
    Oscuro
    Mafioso
    Abusivo
    Ilegal
    Nauseoso

    A ver si lo cambiamos o se hacer algo GORDO para que desaparezca que sería lo suyo.

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    1. Bastante de acuerdo, quien seas. Hubo un intento tímido durante esta legislatura que, a pesar de esta timidez, los lobbys profesionales (Unión Profesional) han conseguido echar atrás. Porque en el fondo a los ciudadanos les tiene sin cuidado, son una institución absolutamente ajena a la sociedad. Un saludo

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  3. Una propuesta:
    A través de cualquiera de las entidades que ofrecen información sobre empresas analizar aquellas en las que participa D. Máximo González Jurado (y el Consejo General de Enfermería )
    E-network salud SA
    Fundación Pro Instituto superios de investigación
    Fundación salud y sociedad
    Cofunsalud SA
    Servicios promocionales para colectivos SA
    Enfermundi SA
    Grupo corporativo organización colegial de enfermería SA
    Fundación Pro instituto Superior de investigación P

    Y seguro que hay más.....

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    1. Ya se ha hecho, se hace y se hará. Ya tenemos mapeada la parte visible del iceberg, queda el resto. Saludos

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